12 de diciembre de 2008

SALA IV SUSPENDE EXPLOTACIÓN DEL RÍO LAGARTO

PUNTARENAS / GUANACASTE, COSTA RICA. 12 diciembre 2008. En consulta de la página web de la Sala Constitucional, se verificó que mediante sentencia No. 08-018169 del 10 de diciembre, la Sala IV ordenó a la SETENA y a la Dirección de Geología y Minas, “que comprobado como está que la concesionaria Servicios Mecánicos de Miramar S.A. ha incumplido con el proyecto de extracción aprobado en su oportunidad, de inmediato se suspenda la ejecución del proyecto y se tomen las medidas que el ordenamiento jurídico establece para sancionar ese incumplimiento”; reconociendo “el derecho a disfrutar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado”, de los residentes de comunidades aledañas al río Lagarto.

La empresa Servicios Mecánicos de Miramar S.A. con cédula jurídica N° 3-101-146606 y representada por el señor Alvaro Carrillo Campos, recibió la concesión de acuerdo con la Resolución R-297-2007-MINAE del 15 de junio 2007, por un plazo de 4 años, para la extracción de 500 a 700 metros cúbicos de arena, piedra y grava durante 15 días al mes para un ritmo de extracción mensual de 31.250 metros cúbicos. El proyecto también incluye la instalación de un quebrador.

A las comunidades aledañas al río Lagarto, nunca se les tomó en cuenta durante la tramitación de los permisos, por lo que fueron sorprendidas al entrar en operación el proyecto, que no contempló en el estudio de impacto ambiental la existencia de pozos utilizados para consumo humano.

Los vecinos y vecinas, se organizaron de inmediato en el Comité Pro Defensa del Río Lagarto, y a través de continuas visitas, mediante bitácora fotográfica, fueron documentando las anomalías, irregularidades e impactos vinculados con la explotación del río.

También comprobaron que la empresa Servicios Mecánicos opera sin permisos municipales ni sanitarios, ya que los mismos fueron tramitados y obtenidos por la Constructora MECO S.A.. Entre ambas empresas se suscribió un Contrato de arrendamiento de maquinaria debidamente protocolizado y también un contrato de arrendamiento PRIVADO de la concesión otorgada, con cláusulas de confidencialidad, en la que Constructora MECO se encarga del proceso de extracción y comercialización de los materiales.

Debido a esta singular e irregular situación, miembros del Comité gestionaron desde junio la cancelación de permiso de uso del suelo y patente otorgados por la Municipalidad de Abangares y ante el MINAET la cancelación y la caducidad de la concesión otorgada a Servicios Mecánicos de Miramar S.A. Esas dependencias aún no resuelven las peticiones hechas por los representantes comunales.

Los daños ambientales debido a la explotación del río son muy variados y pueden consultarse con mayor detalle en el blog del Comité en la dirección http://comiteprodefensariolagarto.blogspot.com/.

Entre los impactos y alteraciones producidas por el proyecto se mencionan: la alteración de las captaciones de pozos utilizados para el consumo humano; falta de amojonamiento de la concesión; arrendamiento de la concesión a terceros; uso de maquinaria no autorizada; falta de medidas de seguridad laboral; instalación del quebrador en zona de protección hídrica; uso de agua del río Lagarto en el quebrador sin contar con concesión; estancamiento y represamiento del agua utilizada en el proceso industrial; lagunas de sedimentación poco eficientes; agua del efluente del quebrador con alto poder erosivo y turbiedad; caída de árboles por el socavamiento e inestabilidad de riberas del río Lagarto y de la quebrada Madre Vieja: alteración de zonas fuera del área concesionada; riesgo para viviendas localizadas en las riberas del río en el área concesionada; turbidez del río debido a los sólidos en suspensión; profundidad de extracción superior a 1,5 metros autorizados; construcción de lagunas mineras, fosos y pozas dentro del cauce; ampliación del lecho del río; acumulación de materiales en el cauce; represamiento de la corriente; pérdida de rugosidad del lecho; desecación del fondo del lecho por exposición directa al sol; lecho del río usado como carretera para transportar los materiales extraídos; derrames de hidrocarburos; impacto sobre la vida acuática; desaparición de algunas zonas de resumido natural del río; alteración de las actividades de recreación y turismo vinculadas con el río Lagarto; quema de vegetación aledaña al río para favorecer la extracción de bancos de material y en general el deterioro de la cuenca baja del río Lagarto y la afectación a otras empresas.

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